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Usuarios del Atlántico tendrán opción de no pagar tasa de seguridad en nueva factura de Air-e

 


En un cambio significativo para los usuarios del servicio de energía en el Atlántico, la empresa Air-e intervenida anunció la implementación de un nuevo formato de factura a partir del martes 6 de mayo de 2025. La principal novedad radica en que los usuarios podrán decidir si pagan o no la tasa de seguridad y convivencia ciudadana, un tributo departamental.


La reestructurada factura incluirá tres opciones de pago diferenciadas. El primer cupón permitirá abonar la totalidad de los conceptos facturados, incluyendo energía, alumbrado público, aseo (donde aplique) y posibles deudas anteriores. El segundo cupón contendrá el costo de los servicios básicos más la mencionada tasa de seguridad, aplicable solo en el departamento del Atlántico. La tercera opción ofrecerá la posibilidad de pagar únicamente los servicios de energía, alumbrado público y aseo, separando el cobro de la tasa de seguridad.


Esta medida adoptada por Air-e busca alinearse con las regulaciones de la CREG que establecen directrices para el cobro de rubros distintos al consumo energético.


Diana Bustamante, la Agente Especial a cargo de Air-e Intervenida, destacó que esta modificación brindará mayor transparencia a los usuarios sobre los diferentes componentes de su factura mensual.


La empresa ha mantenido conversaciones con la Gobernación del Atlántico con el objetivo de que esta entidad asuma directamente el recaudo de la tasa de seguridad y revise las tarifas para ciertos consumidores. Adicionalmente, se han realizado encuentros con alcaldes para discutir el cobro del impuesto de alumbrado público. Respecto al servicio de aseo, Air-e actúa como agente recaudador por designación de las empresas que prestan este servicio.


Finalmente, Air-e aclaró que la tarifa de la tasa de seguridad es fijada por la Asamblea Departamental, la del impuesto de alumbrado público por los concejos municipales y la del servicio de aseo se establece mediante la regulación pertinente y la empresa proveedora.

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